Noticias Julio 2016

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Justicia profiere fallos que garantizan la paz en el campo

Con restitución de parcela a víctima de los paramilitares en el departamento de Cesar y compensación a familia que ocupaba predio magistrado del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali garantiza los derechos de las personas vinculadas a los procesos de restitución de tierras.

 

Valledupar, 26 de julio de 2016 (@URestitucion).  Sentimientos encontrados experimentaron los herederos de una mujer beneficiaria del proceso de restitución de tierras al recibir los títulos del predio que había sido despojado por los grupos armados ilegales durante la época de la violencia. “El sentimiento que hoy nos embarga es grande, ya que mi madre no alcanzó a retornar a las tierras en donde nacimos. Ella murió con el anhelo de volver al lugar donde, junto con mi padre, levantaron un humilde hogar”, precisó en medio de sollozos el hijo de la víctima.

La sentencia proferida en Agustín Codazzi fue analizada bajo un enfoque diferencial por tratarse de una mujer adulta y madre cabeza de hogar. “Hoy sus hijos somos los encargados de recibir el predio, ya que mi madre nos abandonó antes de tiempo. Ella murió esperanzada en que algún día volveríamos a vivir del campo”, señaló una de sus hijas.

Esta humilde familia soportó los peores vejámenes de la violencia tras ser violentada por los paramilitares, quienes asesinaron al padre de familia y un familiar más. Desde este momento empezó el calvario para los miembros de este hogar, quienes se vieron en la necesidad de abandonar el corregimiento de Casacará.

El hecho que generó el desplazamiento de esta familia ocurrió el 20 de marzo de 2002, cuando las Autodefensas, que venían haciendo presencia en la zona, ingresaron a la vivienda de la víctima de manera arbitraria, dándole muerte al padre de familia y a un hermano de la reclamante. La misma noche asesinaron a otro parcelero.

Debido a los sucesos ocurridos, la solicitante abandonó completamente el bien, desplazándose hacia la ciudad de Santa Marta, temiendo correr la suerte de sus familiares. Las ganas de retornar y las dificultades para subsistir, hicieron que en 2003 la reclamante vendiera el inmueble; convenio que fue resuelto en 2006 por incumplimiento en el pago del precio pactado. Recuperado el inmueble, y ante la urgencia de devolver al comprador la suma de dos millones de pesos que habían sido entregados, decide, en diciembre de ese mismo año, enajenar el bien, por valor de veinte millones de pesos.

La compensación

El Tribunal ordenó otorgar al segundo ocupante de este caso una indemnización equivalente a la suma de ciento ocho millones trescientos setenta y cinco mil ciento veintisiete pesos, por concepto de mejoras. Sumas que deberá cancelar el Fondo de la Unidad de Restitución de Tierras, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 

Fecha: miércoles 27 de julio 2016

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas