El Tribunal Superior de Cali emitió la primera sentencia de restitución urbana a favor de la familia Agudelo, despojada de su predio Hotel Torreón a través de la modalidad de venta a bajo precio a manos del narcotraficante Iván Urdinola Grajales.
Eje Cafetero, 18 de marzo de 2020 (@URestitucion). En 1975 la familia Agudelo Guzmán adquirió un lote en Pereira en el que comenzó la construcción de su hotel y tras años de trabajo, lograron consolidar el reconocido Hotel Torreón, que para 1993 ya contaba con 11 pisos y una numerosa clientela.
Un día hombres armados irrumpieron en el hotel y solicitaron al padre de familia que vendiera el inmueble y saliera de inmediato de allí, a lo que éste se negó. Días después las amenazas continuaron, y se presentaron miembros de una organización paramilitar que indicaron que su patrón, Iván Urdinola Grajales, solicitaba que el inmueble se le vendiera inmediatamente. Por temor a que alguno de los miembros de la familia fuera afectado, el señor Agudelo vendió el hotel por un precio inferior al del mercado.
En 2014 la familia se acercó a la Unidad de Restitución de Tierras (URT) en Valle del Cauca y expuso su caso. Luego de la etapa administrativa, el proceso paso a manos del Tribunal, en donde se tuvo en cuenta que para este caso se presentó un opositor que era una empresa dedicada a la producción de caña de azúcar que, para ese momento, se encontraba en el bien en calidad de arrendatario. Todo esto debido a que el Hotel Torreón, luego de ser vendido por la familia Agudelo, fue parte de un proceso de extinción de dominio.
A pesar de la existencia de opositores al proceso, la sentencia del Tribunal benefició a la familia Agudelo con el derecho a la restitución que les permitirá regresar al Hotel, a la vez que se les reconoció como víctimas de la violencia, lo que permitirá que tengan la condonación del impuesto predial o cualquier otro impuesto que haya tenido lugar durante los años de abandono, la actualización de la matricula inmobiliaria, el acceso a programas de capacitación para el empleo y emprendimiento, apoyo en los retos que exige la competitividad del mercado laboral, así como el ingreso en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y en un término no mayor a tres meses la entrega material del predio.
Por otra parte, al opositor no le fue reconocida la buena fe exenta de culpa, al tener una condición de tenedor y no de propietario.

