En 181 municipios de Antioquia, Atlántico, Bolívar, Cesar, Chocó, Córdoba, La Guajira, Magdalena y Sucre, la URT calcula que casi 40.000 solicitantes y beneficiarios de restitución estarían afectados, tal como 154 comunidades étnicas. Se registran pérdidas en proyectos productivos por más de $122.000 millones de pesos.
Bogotá, 27 de febrero de 2026 (@URestitucion). Como parte del Decreto 0174 del 24 de febrero de 2026, expedido por el Gobierno Nacional con ocasión del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 150 de 2026, la Unidad de Restitución de Tierras (URT) activó medidas extraordinarias para garantizar la protección efectiva de los derechos territoriales de las víctimas del conflicto armado afectadas por la emergencia invernal.
Esta coyuntura ha impactado predios objeto de procesos de restitución, generando situaciones de imposibilidad material de retorno en condiciones de seguridad y dignidad. En los 181 municipios cobijados por la declaratoria, se registran 29.475 solicitudes de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF), de las cuales 13.622 se encuentran en demanda (etapa judicial) y 5.761 en fase de posfallo.
Asimismo, 385 familias beneficiarias de restitución y de segundos ocupantes han reportado daños y afectaciones derivadas de las inundaciones, principalmente en Antioquia y Córdoba. En este último departamento, la Unidad ha identificado 750 predios afectados, de los cuales 718 cuentan con sentencia de restitución cumplida.
Aura Bolívar, subdirectora general de la URT, invitó a solicitantes y beneficiarios a acercarse a las sedes de la entidad para acceder a la protección de sus derechos. “El presidente suscribió el Decreto 0174 de 2026, que establece, en algunos de sus artículos, medidas específicas para la población que ha participado de procesos de restitución que se vio afectada por la emergencia. En ese sentido, invitamos a todas las poblaciones en los departamentos que tienen la emergencia, para acercarse a las oficinas de la Unidad de Restitución de Tierras, conocer las medidas que contempla este Decreto e iniciar la ruta para la implementación de las mismas”, dijo.
Medidas extraordinarias adoptadas
Frente a esta situación de emergencia, el Decreto 0174 habilita a la URT para:
1. Tramitar solicitudes voluntarias de compensación en cualquier etapa del proceso: esto permite a las víctimas, de manera voluntaria, solicitar compensación cuando la restitución material no sea viable debido a la emergencia sobreviniente. Esta medida agiliza soluciones duraderas para las familias afectadas.
2. Implementación de nuevos proyectos productivos: frente a la destrucción de estas iniciativas a causa del desastre, la URT queda habilitada para implementar nuevos proyectos sin requerir órdenes judiciales adicionales, adaptando el cumplimiento de las decisiones a las condiciones fácticas actuales. Actualmente, se identifican al menos 1.119 proyectos productivos en municipios afectados que presentan daños graves y requieren intervención urgente.
3. Protección de comunidades étnicas: en los municipios afectados se encuentran 147 comunidades ancestrales que han acudido ante la URT en el contexto de la emergencia. Las medidas adoptadas incorporan un enfoque diferencial y étnico para garantizar la protección de sus derechos territoriales colectivos.
4. Articulación interinstitucional: el Decreto permite la transferencia de bienes del Fondo de la Unidad de Restitución de Tierras al Fondo Nacional de Tierras, para facilitar la reubicación de familias damnificadas, sin afectar el derecho fundamental a la restitución ni las obligaciones de compensación. Esta articulación con la Agencia Nacional de Tierras (ANT) fortalece la respuesta institucional y garantiza disponibilidad de suelo para soluciones definitivas.
Paula Villa Vélez, directora jurídica de la URT, explicó: “realizamos una medida que nos permite fraccionar aquellos predios de mayor extensión que están siendo solicitados, de una parte, por las víctimas en Restitución de Tierras, y otras que estén siendo por ejemplo atendidas por la ANT. El Decreto nos permite poder realizar una fragmentación de este folio de matrícula inmobiliaria y así poder seguir atendiendo los casos que corresponden a restitución y los casos que corresponden a Reforma Agraria. Insistimos en la importancia de la articulación, la integralidad y la atención a las víctimas en el marco de la emergencia ecológica”.
Compromiso institucional
La Unidad reitera que la emergencia climática no suspende ni debilita el derecho fundamental a la restitución. Por el contrario, exige una respuesta institucional más ágil, flexible y humana, que permita adaptar las decisiones judiciales a las nuevas realidades territoriales.
Las medidas extraordinarias adoptadas buscan proteger la vida y la dignidad de las víctimas; garantizar soluciones duraderas frente al desplazamiento ambiental; restablecer proyectos productivos destruidos y preservar la seguridad jurídica sobre la tierra. La URT continuará desplegando sus equipos en las zonas afectadas para acompañar a las familias, verificar daños y activar los mecanismos excepcionales.
La restitución de tierras sigue siendo un pilar de la reparación integral, incluso —y especialmente— en contextos de crisis climática. En el Gobierno de Gustavo Petro hemos puesto a las víctimas en el centro de las políticas públicas, por eso, y más que nunca, no las dejaremos solas. ¡Con dignidad, les cumpliremos!
Unidad de Restitución de Tierras
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