Noticias Noviembre 2019

null COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del Decreto 1167 de 2018 que limitaba el tiempo de presentación de solicitudes de restitución

 

 

Con el fallo del Alto Tribunal la Unidad de Restitución de Tierras continuará con la gestión de todas las solicitudes de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente las cuales no se tramitaron por cuenta de las disposiciones del Decreto 1167 de 2018.

 

Bogotá D.C., 29 de noviembre de 2019 (@URestitucion). Las víctimas de abandono y despojo de tierras podrán seguir reclamando los predios que dejaron abandonados o que les fueron despojados por causa de la violencia.

 

El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del Decreto 1167 de 2018 que estableció como plazo máximo para que las víctimas pudieran presentar sus solicitudes de restitución el 11 de octubre de 2018.

 

En auto publicado el 28 de noviembre de 2019 el Alto Tribunal determinó que en la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras no existe un término diferente al de la vigencia de la Ley para que las víctimas presenten su solicitud y agrega: “La medida allí prevista vulnera el derecho de acceso a la administración de justicia así como las garantías de verdad, justicia, reparación y no repetición”.

 

La Unidad de Restitución de Tierras seguirá avanzando en el proceso de reparación integral a las víctimas en el marco de las disposiciones establecidas en la justicia transicional.

Fecha: viernes 29 de noviembre 2019Fuente: Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas