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null Unidad de Restitución de Tierras solicitó la protección de más de 24 mil hectáreas del resguardo indígena Barranco Ceiba y Laguna Araguato, en Guaviare y Meta

A través de la medida cautelar radicada ante el Juzgado Primero Civil Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, se pretende frenar las afectaciones que afrontan los integrantes del pueblo jiw, por cuenta de la presencia de minas antipersonal y munición sin explotar en su territorio.

A través de la medida cautelar radicada ante el Juzgado Primero Civil Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, se pretende frenar las afectaciones que afrontan los integrantes del pueblo jiw, por cuenta de la presencia de minas antipersonal y munición sin explotar en su territorio. 

 

Villavicencio, 15 de enero de 2022 (@URestitucion). Ante la autoridad judicial competente, la Unidad de Restitución de Tierras, solicitó la adopción de medidas cautelares en favor de las 46 familias que habitan el resguardo indígena Barranco Ceiba y Laguna Araguato. Este territorio tiene una extensión de 24.940 hectáreas de las cuales 21.940 están ubicadas en San José del Guaviare y 3,000 en Mapiripán (Meta).

“El objetivo de la medida cautelar radicada en el  Juzgado Primero Especializado en Restitución de Villavicencio, es que se adopten medidas eficaces y oportunas para frenar las afectaciones territoriales que padecen estas comunidades como  por la presencia de minas antipersonal y municiones sin explotar (MUSE) al interior del territorio, ocasionando  restricciones a la movilidad y pérdida de autoridad en su territorio” explicó  Jenny Andrea Capote, directora  de la Unidad de Restitución de Tierras en Meta,

La Unidad evidenció que las afectaciones territoriales para el resguardo Barranco Ceiba y Laguna Araguato han vulnerado los derechos a la seguridad jurídica, al uso y posesión del territorio indígena, a la libre circulación, a la autodeterminación y gobierno propio, al agua y medio ambiente sano, y a la integridad cultural del pueblo indígena jiw.

Así las cosas, la Unidad de Restitución de Tierras, solicitó, la adopción de las medidas cautelares, previstas en el artículo 151 del Decreto Ley 4633 de 2011 encaminadas a evitar los daños inminentes en el territorio, para que la comunidad pueda usar y disfrutar su territorio ancestral.   

“La restitución es un proceso técnico en el que predomina un fuerte componente social y humano y que la Unidad continuará trabajando por la reparación integral a las comunidades indígenas de la Orinoquia colombiana”, puntualizó la Directora Territorial de la Unidad de Restitución de Tierras en Meta, Jenny Andrea Capote.