Noticias Febrero 2017

null Mujer recicladora recupera sus tierras

Después de que hombres armados llegaran a su predio, una humilde mujer se vio obligada a trasladarse a Cali, en donde tuvo que ganarse la vida como recicladora, junto a su hijo menor. Después de muchos momentos difíciles, y gracias a la Unidad de Restitución de Tierras (URT), esta mujer hoy recibe con agrado el fallo que la reconoce como víctima y ordena la restitución inmediata del inmueble.

Villavicencio, 10 de febrero de 2017 (@URestitución). “Me quiero regresar a mi predio, quiero vivir allá. Acá estoy viviendo muy mal, no consigo trabajo, he estado enferma de las manos y se me ha hecho muy difícil la vida”. Con estas emotivas palabras, María* se dirigió ante un magistrado del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, años después de haber abandonado su tierra a causa del conflicto armado. Hoy, encuentra respuesta gracias a la sentencia de restitución.    

Los hechos, imborrables en la mente de esta mujer de 63 años de edad, se remontan a la noche del 11 de febrero de 1993, cuando un grupo de al menos 20 hombres fuertemente armados arribaron a la parcela que hasta entonces fuera su casa, ubicada en la vereda San Miguel del municipio de Puerto Gaitán, Meta. Allí, sin valer la presencia de su hijo de 13 años, fue amenazada sin razón y recibió un plazo de 24 horas para que desalojara el lugar, o de lo contrario los integrantes del grupo armado regresarían “y no respondían”. Ella y el menor de edad llenaron una caja de cartón con algunas escasas pertenencias y abandonaron el sitio, al que hasta la promulgación de la Ley 1448 de 2011 no habían creído posible regresar.

Enterada de los beneficios de la norma, la mujer decidió presentar ante la Unidad de Restitución de Tierras la solicitud para recuperar el que fuera su único patrimonio, pues durante los años que siguieron a su desplazamiento, el único sustento lo obtuvo del duro trabajo como recicladora en Cali.

María adquirió el predio en 1988 mediante compraventa, por un valor de $ 350.000. Hasta el día de su forzosa salida ejerció funciones como dueña del terreno de 5 hectáreas y 9.351 metros cuadrados, las cuales entonces explotaba mediante el cultivo de plátano, yuca, maíz y árboles frutales, así como a través de la cría de ganado, cerdos y gallinas. En ese tiempo la mujer mejoró su casa, que se encontraba en el predio, hecha en material de palma y bareque.  

El fallo corroboró el estado de intimidación que desde inicios de los años 90 se vivió en la zona donde habitaba María, señalando que, para entonces, “en los municipios de Puerto Gaitán y Puerto López – Meta, se inició la conformación de un grupo autodenominado Autodefensas Campesinas del Meta y Vichada […] Grupos guerrilleros entraron a disputar con las estructuras paramilitares emergentes el dominio de corredores estratégicos”.       

La sentencia, además, tuvo en cuenta la calidad de mujer madre cabeza de familia de la reclamante, atendiendo así el componente de enfoque diferencial por el que se rige la Ley 1448 de 2011. Igualmente, en la orden se declara la buena fe exenta de culpa del actual propietario.  

En este momento María y los suyos recorren nuevamente calles de Cali en busca de cajas de cartón, pero esta vez no será para reciclarlas, sino para efectuar el feliz trasteo que los llevará de vuelta a su hogar en Puerto Gaitán.

*Nombre cambiado.

 

Fecha: viernes 10 de febrero 2017

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas