Noticias Marzo 2017

null Consulados colombianos en los 5 continentes son capacitados en restitución de tierras para víctimas en el exterior

Un total de 82 consulados que representan al Gobierno colombiano en distintos países del mundo fueron capacitados por la Unidad de Restitución de Tierras (URT) para que sean puente entre el Estado y los connacionales que tuvieron que huir abandonando sus predios a causa de la violencia. Esto hace posible que las víctimas del conflicto recuperen los derechos sobre sus tierras en Colombia, aunque se encuentren viviendo fuera del territorio nacional.

Bogotá D.C., 7 de marzo de 2017 (@URestitucion). Promover y proteger los derechos de los connacionales en todos los países donde se encuentren es la misión de los consulados que hace eco en la gestión de la Unidad de Restitución de Tierras. Esta entidad, desde el año 2015, creo alianza con la Cancillería, para que los beneficios de la Ley 1448 de 2011 lleguen a todos los colombianos que fueron víctimas de despojo o abandono forzado, a pesar de que no residan en Colombia actualmente.

Es así que ya en Europa, África, Asia, Oceanía y América, 82 consulados han sido capacitados para que puedan asesorar y acompañar a las víctimas en el proceso de restitución de tierras en conexión con la URT.

La ruta fijada por la Unidad consiste en que la víctima se acerque al consulado más cercano donde se le brindará la información sobre los principios de la ley, requisitos y proceso. Si la víctima decide presentar la solicitud, el consulado tomará los datos del solicitante y agendará una cita virtual para que sea atendido directamente por funcionarios de la URT. El día de la cita en donde dará su testimonio y presentará formalmente la solicitud, la víctima podrá hacerlo desde su hogar, el consulado o un organismo internacional. A continuación, el solicitante debe acercarse al consulado para imprimir, firmar, escanear y enviar los documentos necesarios. El resto del proceso se continuará llevando de forma virtual.

Una de las grandes inquietudes sobre la política de restitución de tierras, por parte de las víctimas en el exterior, se basa en si para poder recuperar sus tierras tienen que retornar al país. Frente a esto, la URT es clara: La restitución es independiente del retorno, pues regresar debe ser una decisión de la víctima. Esto quiere decir que la víctima puede decidir retornar a Colombia si ese es su deseo como proyecto de vida, pero si no es así, esto no le impide recuperar los derechos sobre sus predios, mediante la implementación de la Ley 1448 de 2011.

De acuerdo a esto, si el juez dicta sentencia donde el solicitante resulta ser beneficiario de restitución de tierras, y por tanto recupera los derechos sobre su predio, sea rural o urbano, tiene varias formas de aprovecharlo:

La primera es el retorno pleno, donde puede decidir regresar a los predios restituidos, bien sea solamente para vivir en ellos o para vivir y explotarlo económicamente. La segunda es el retorno económico directo, donde es posible explotar el predio económicamente, pero sin vivir en él. También está el retorno indirecto o familiar, que implica que se toma posesión del bien permitiendo que familiares vivan en él o lo exploten económicamente. Y finalmente el aprovechamiento económico sin retorno, donde se le da uso al predio por medio de distintas formas de arriendo, partija o aparcería, lo cual implica que el propietario no habita ni explota directamente el bien, pero obtiene algún provecho económico del mismo.

Para la Unidad de Restitución de Tierras es claro que tanto las víctimas que se desplazaron a otros lugares al interior del país, como las que en casos extremos se vieron obligados a abandonar la nación, tienen igual derecho a reclamar sus tierras y llevar un proceso justo donde un juez decida en sentencia sobre los derechos de las tierras reclamadas. De acuerdo a esto, la URT continuará llevando la restitución de derechos sobre la tierra a los legítimos dueños más allá de las fronteras.

Fecha: martes 7 de marzo 2017

Fuente: Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas